La ley de
educación primaria de 1908
En 1908 justo
Sierra puso en manos del Congreso Superior de Educación Pública un proyecto de
Ley de Educación Primaria para el Distrito Federal y los territorios. la ley
proyectada debería precisar la naturaleza y fines de los servicios que
regiría; la cuestión era definir el concepto que se iba a manejar: educación
o instrucción.
Justo Sierra
se pronunció por el concepto de educación, y la Ley lo define en su Artículo
1°: "Las escuelas primarias oficiales serán esencialmente educativas; la
instrucción en ellas se considera sólo como un medio de educación".
En una sesión
posterior el concepto fue enriquecido y reforzado por el de educación integral;
es decir, por la idea de una educación equilibrada, que produzca el desarrollo
armónico del ser humano en lo físico, lo integral y lo moral.
La Ley de 1908
agrega la educación estética; también el concepto de educación nacional.
Se entiende
por educación nacional la introducción al estudio de la historia patria, de la
geografía elemental de México y del civismo constitucional mexicano. Se llama
lengua nacional al español de México.
La Ley
recomienda expresamente que los educadores se empeñen en desarrollar, en sus
alumnos, el amor a la patria mexicana, la fidelidad a sus instituciones y la
consagración entusiasta a la empresa del progreso de la Nación y el
perfeccionamiento de sus habitantes.
El laicismos
escolar se explicó en la Ley como una escuela que no profesa ni combate
religión alguna; que no enseña ninguna religión por no violentar la conciencia
de los fieles de otras religiones; como una escuela neutral en materia
religiosa de Estado, en garantía de la libertad de religión y de la igualdad de
todos los credos religiosos ante la ley.
La educación
obligatoria es una de los temas más temidos por sus implicaciones prácticas y
por las naturales limitaciones de su aplicación.
Justo Sierra
decía:"Creo de mi labor manifestar, no solo en nombre del magisterios,
sino del gobierno, que este órgano político del Estado tiene por su deber
encargarse de la educación pública, única manera de que el servicio de
enseñanza, que está sobre todo encarecimiento, pueda desempeñarse
debidamente". Al hacer esta declaración formal, el gobierno afronta las
consecuencias y responsabilidades consiguientes y las asume, no sólo por
convicción, sino en virtud de autorizaciones formales del poder legislativo.
Esta
declaración rebasa los límites de la contradicción polémica y se eleva a la
altura de la teoría del Estado; éste se hace cargo de los interese de la
nación. Reconoce el gobierno el supremo deber de impartir educación al
pueblo y subraya la obligación de todos de cooperar en la consecución de meta
tan importante como un deber de todos con la patria.
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