miércoles, 14 de noviembre de 2012

ESTADO MODERNO


ESTADO MODERNO


Estado


El Estado es la forma de organización política más extendida entre las comunidades humanas, y su complejidad como hecho ligado a la dimensión social del hombre le hace susceptible de ser analizado desde múltiples perspectivas, que incidirán en uno u otro de sus aspectos relevantes. Así, su estudio no constituye un patrimonio exclusivo de la ciencia política, rama del saber que se ocupa de los fenómenos de poder, sino que compete igualmente a otras ciencias sociales, como la Historia, que lo estudia en su dimensión de fenómeno histórico de carácter universal; la Sociología, cuyo enfoque radica en determinar sus relaciones con la sociedad civil; la Filosofía, centrada en la especulación acerca del concepto teórico y ético del Estado, o el Derecho, al cual interesa en su vertiente jurídica e institucional. Se hace especial hincapié en el análisis de la evolución históricas de la forma del Estado y las teorías sobre el mismo, así como en la descripción de las características fundamentales del Estado Moderno, en base al cual pervive la actual división política mundial. Se tratará también de precisar su significado y distinguirlo del de otros términos que, aunque a veces son apropiados para referirse a la misma realidad a la que aludimos al hablar de Estado, no son completamente asimilables a aquél, como Nación, País o Patria.

Resulta difícil esbozar una definición del Estado que tenga en cuenta sus múltiples dimensiones y sea unánimemente aceptada.

Berthelémy, incidiendo en lo institucional, afirmó que era “la nación organizada”, y Sánchez Agesta hablo del mismo como “una comunidad organizada en un territorio definido, mediante un orden jurídico servido por un cuerpo de funcionarios, y definido, mediante un orden garantizado por un poder jurídico, autónomo y centralizado, que tiende a realizar el bien común, en el ámbito de esa comunidad”. Así definido, el Estado sería un hecho sociológico (comunidad), físico (territorio), normativo (orden jurídico), institucional (poder autónomo y centralizado) e incluso ético, pues incorporaría un ideal de justicia, expresado en la aspiración de servir al bien común. El Estado también puede ser conceptuado como “aquella estructura permanente de dominación de una sociedad, sobre la cual, y en el territorio que ocupa, ejerce su autoridad con exclusión de cualquier otra”. Esta noción pone el énfasis en aspectos como el de la soberanía y el de la jerarquía, plasmado en la permanencia y organización del poder estatal, el cual se presentaría como una superestructura que se impone a la sociedad en la que surge. En las definiciones vistas se pone de manifiesto la existencia de una dicotomía entre estado y sociedad civil, cuestión que ha enfrentado a los partidarios de una visión amplia de aquél, integradora de la comunidad política y el territorio en que se asienta, y a los que abogan por un concepto más escrito, referido únicamente al conjunto de órganos estatales que sirven aquella comunidad. Otro debate abierto es el sostenido por los defensores de un enfoque historicista del Estado, para los cuales se trata de un fenómeno de carácter universal, necesario para el desenvolvimiento de la vida en sociedad y presente desde que se sabe de la existencia de sociedades complejas, y los que lo consideran un fenómeno exclusivamente moderno, surgido en Europa a raíz del auge de las ideas difundidas durante el Renacimiento y la Reforma. A continuación expondremos brevemente las principales formas de organización política surgidas a lo largo de la Historia, así como las aportaciones más relevantes de los teóricos, para centrarnos con posteridad en el análisis del Estado en su formulación actual.

El Estado en la Historia y el pensamiento político


Los primeros teóricos del Estado fueron los autores clásicos, que reflexionaron acerca del modelo político vigente en la época, la ciudad-estado o polis, cuya concreción ideal como ente autosuficiente traería consigo la satisfacción de las necesidades de la comunidad. Aristóteles, en su obra Política, concibió la polis como el resultado de desarrollar la faceta moral de la personalidad humana e intentó distinguir la forma de gobierno típica de una familia de la propia comunidad política. En aquella época, la identificación entre Sociedad y Estado era mayor que la existente en nuestros días, debido a la escasa dimensión demográfica y territorial de las ciudades-estado, que permitía una relación directa y fluida de los ciudadanos con los asuntos de gobierno, aún más acentuada si se tiene en cuenta que gran parte de los miembros dela colectividad no ostentaban esa condición (esclavos, prisioneros, etc.). En la antigua Roma surgió la Res publica, entidad política sustentada en el sistema jurídico (ius civile) de carácter personalista, que era aplicado a todos los ciudadanos romanos, independientemente del territorio en el que se encontraban ( no lo era a los que no ostentaban la ciudadanía, para los cuales existía otro cuerpo normativo, el ius gentium). El modelo romano sería asimilable a los actuales estados plurinacionales, mientras que la polis griega compartiría algunas de las notas esenciales del concepto moderno de nación; tradición histórica común y unidad territorial, lingüística y cultural.

La fragmentación e inestabilidad política que caracterizó la época medieval reveló la necesidad de contar son estructuras de poder consolidadas. En este contexto surgió el concepto moderno de Estado, como fuerza centralizada y capaz de permanecer en el tiempo, esbozado en el siglo XV por teóricos como Nicolás Maquiavelo y Jean Bodin. El célebre autor de El Príncipe indagó acerca de la requisitos que debían cumplirse para asegurar la permanencia del Estado, objetivo que estaría por encima de cualquier consideración de índole moral. Sus recomendaciones acerca de las cualidades que debía reunir un gobernante ejercieron gran influencia en al ciencia política de la época, otro de cuyos máximos representantes fue Jean Bodin, coetáneo de Maquiavelo, afirmo la necesidad de contar con un Estado fuerte para garantizar la paz en tiempos de crisis ( en aquélla época, Europa era escenario de graves conflictos religiosos). En su teoría la estabilidad del Estado depende de que la actuación del príncipe soberano, el cual es libre para dictar las normas a su voluntad, esté en consonancia con los imperativos de la moral y el Derecho natural. Su obra inspiro la doctrina del “derecho divino de los reyes” y constituyo uno de los soportes teóricos fundamentales del Estado absolutista, que se convirtió en el modelo político vigente en la época. Otro de los filósofos representativos del absolutismo, el Británico Thomas Hobbes, concibió el Estado como resultado de un pacto o contrato (lo denomina también tratado de paz), en virtud del cual del cual el hombre, que es egoísta y antisocial por naturaleza, y que tiende a satisfacer sus propios intereses aún en perjuicio de sus semejantes, cede parte de su libertad a una entidad superior capaz de evitar que la confrontación entre los diferentes intereses individuales (bellum omnium contra omnes) degenere un conflicto social. Así, el Estado aparece como un poder omnímodo que dicta el Derecho y la moral, y se impone a la voluntad de los miembros del colectivo. Hobbes también se ocupó del problema religioso, que vivía su momento álgido debido al conflicto provocado por la Reforma de Lutero. Para el pensador ingles, el poder del Estado es totalmente independiente del ejercido por las autoridades eclesiásticas, que no reúne las características de aquél, ya que no presenta la nota de coerción. Tan solo a través del Estado podrían llegar a tener contenido político los actos de un cuerpo clerical. John Locke recogió la tradición anterior y se anticipo a los teóricos del Estado liberal. En su concepción de la política, el poder del soberano representa a la sociedad sobre la que es ejercido, que está legitimada para despojar a aquél del mismo si lo usa de manera contraria a los intereses de sus miembros. El Estado surgiría en virtud de un contrato social por el que los individuos deciden no infringir los derechos inalienables de cada uno( vida, libertad, propiedad), cuya protección debe ser el objetivo fundamental del gobernante, y estaría estructurado en tres poderes: legislativo, ejecutivo y federativo (alianza para la defensa).

En el siglo XVIII destaca la figura de Jean-Jacques Rousseau, cuya principal aportación a la teoría del Estado es cu concepto de la soberanía. Para el ginebrino, el derecho a gobernar no es algo apriorístico y de origen divino, sino que depende de la voluntad general de los gobernados. La soberanía deja así de residir en una persona y se traslada al conjunto de la comunidad política: la nación que será quien legitime la acción de gobierno. El Estado ha de ser, en su sistema, un medio de desarrollo moral de la humanidad, y debe tener a conseguir el bien común. El pensamiento de Rousseau influyó en la superación del modelo absolutista y fue uno de los pilares básicos del liberalismo, doctrina política a la que también realizaron aportaciones decisivas otros pensadores, como Montesquieu, que formuló el principio de la separación de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial), en virtud del cual se conseguiría evitar el abuso en la acción de gobierno y garantizar el respeto a los derechos de los administrados. El estallido y triunfo de la Revolución Francesa (1789) marcó el punto con los últimos vestigios del absolutismo y permitió llevar a la práctica los postulados teóricos de la Ilustración.

Durante el siglo XIX comenzó a manifestarse en la doctrina una tendencia a acentuar la distinción entre el Estado y la sociedad civil, conceptos que, en la obra de los autores antes mencionados, aparecen íntimamente unidos. La sociedad deja de ser considerada como un conjunto de individuos aglutinados por el Estado, y pasa a ser vista como un grupo como un grupo formado por las interrelaciones que surgen al pretender sus miembros satisfacer sus propias necesidades. El pensamiento político de Hegel asume La filosofía del Derecho: para el influyente pensador alemán, impulsor y máximo representante del idealismo, el Estado sériala plasmación institucional de una coincidencia de voluntades entre los miembros de una sociedad. De acuerdo con su enfoque, la libertad individual consiste en actuar de acuerdo a una voluntad universal encaminada hacia el bien común, para lo cual ha de seguirse una pauta de carácter moral. Esta comunión de voluntades constituye el espíritu del pueblo, el Volksgeist, el cual Hegel identifica con la nación, que se convertiría así en algo trascendente e idealizado, un fin en sí mismo que, en la práctica, tendría su concreción orgánica en el Estado. Las teorías de Hegel impregnaron la elaboración científica posterior y ejercieron una gran influencia decisivo en el pensamiento político de la época, hasta el punto de inspirar doctrinas como el nacionalismo, que se extendió por Europa e impulso los cambios políticos que convulsionaron el continente durante la última parte del siglo. Basadas en una peculiar interpretación de los postulados idealistas, las formulaciones más radicales del nacionalismo sirvieron de justificación teórica para la aparición de un nuevo tipo de Estado, el totalitario, que se caracterizó por representar lo contrario a los propugnado por el maestro Stuttgart: la total confusión entre el Estados y la sociedad civil, que resulta absorbida por aquél hasta perder sus rasgos distintivos. El Estado se convierte así en una entidad omnipotente que anula los derechos individuales y modela a su antojo la colectividad sobre la que ejerce su poder. En estos sistemas, el Estado se confunde a su vez con un determinado movimiento político o religioso, caracterizado de ordinario por una ideología de contenido irracional y científico.
Otras concepciones del Estado surgidas durante el XIX tomaron como punto de partida el enfoque sociológico, muy relacionado con la metodología del positivismo, que abogaba por despojar la ciencia políticas de cuestiones éticas y metafísicas. Así, el fenómeno estatal es contemplado como mero instrumento de las clases sociales, idea que comparten, entre otros autores, Max Weber, para el cual sólo se diferencia de otras formas de gobierno por ostentar el “monopolio legítimo de la fuerza”, o los utilitaristas ingleses, cuyo máximo representante fue Jeremy Bentham, que concebía el Estado como un medio artificial de conseguir la armonía entre individuos y lograr así la estabilidad social. Su obra antecedió la de Carlos Marx, que, influía también por el positivismo y el método dialéctico de Hegel, supuso una nueva aportación a la teoría del Estado. En su concepción, se trata de una entidad de carácter transitorio, surgida de la división en clases de la sociedad con el fin de perpetuar el dominio de la clase superior, que debe ser sustituida por una “dictadura del proletariado” y cuyo destino es desaparecer cuando las clases hayan sido abolidas por el comunismo. La teoría marxista fue reelaborada por sus continuadores, entre los que destacó Lenin, para el cual el Estado es tan sólo un mecanismo de coerción utilizado por la clase dominante para sojuzgar a la dominada. La influencia en la praxis política del siglo XX de la doctrina marxista-leninista es incuestionable, ya que en ella se inspiraron los regímenes comunistas de todo el mundo (en algunos casos con especificaciones propias, como en China), cuya vigencia se mantuvo hasta la desintegración de la Unión Soviética, en 1991. también el anarquismo, cuyo máximo valedor fue Mijail Alexandrovich Bakunin, propugnó la eliminación del Estado. Para el teórico y revolucionario ruso, aquél representa el principal obstáculo para la libertad humana, por lo cual debe ser destruido y sustituido por un “federalismo libertario” en el que la propiedad de los medios de producción sería colectiva.

La doctrina política contemporánea tiene en Hans Kelsen, filósofo del Derecho, a uno de sus más conspicuos representantes. Su concepción del Estado parte de una visión formalista de lo normativo, que expresó en su obraTeoría Pura del Derecho. En ella se plantea la necesidad de desarrollar una ciencia jurídica ajena a influencias de disciplina como la ética o la sociología. Para ello, afirma que el fundamento de todo precepto jurídico sólo puede hallarse en una norma primigenia, que denominó norma hipotética fundamental. De ella provendría la validez de todo el ordenamiento, sobre el cual descansa el poder estatal, que definió “como un orden legal centralizado”. Así pues, el Estado no crea el Derecho, sino que éste sería una realidad a priori. Esa norma fundamental es única y constituye la base de todo sistema jurídico estatal; se trata, por tanto, de una norma de Derecho internacional, sector del ordenamiento al que Kelsen concede primacía, ya que no cabe considerar el Estado como un realidad individual, sino que sólo adquiere sustantividad por su interacción con otras entidades estatales. Durante el presente siglo, el debate acerca de la institución que nos ocupa se ha centrado en su nivel de interferencia en el desenvolvimiento de la vida social. Los partidos del liberalismo radical afirman que el progreso va ligado al intercambio libre y espontáneo entre los miembros de la sociedad, por lo cual el Estado debe limitar al mínimo su actuación. El representante más ilustre de esta corriente de pasatiempo fue el economista y jurista austriaco Friedrich Von Hayek, miembro de la Escuela de Viena, que defendió la economía de mercado y rechazo toda intervención correctora del poder gubernamental, cuestionado incluso principios de actuación pública comúnmente aceptado, como el de la progresividad fiscal. La principal crítica a este concepción exacerbada del liberalismo ha venido desde sectores afines a la social democracia, que, en una lectura moderada del pensamiento marxista, cuya esencia intenta hacer compatible con valores como el respeto a la libertad individual y la iniciativa privada, propugnan un Estado de corte intervensionista, que garantice mediante su actuación los derechos de los administradores. Para ello, es necesario que facilite servicios básicos como la sanidad, la educación o las prestaciones a las clases pasivas, lo cual hacer aumentar su volumen y complejidad orgánica, y obliga a los ciudadanos a realizar un mayor esfuerzo para su sostenimiento. No obstante, los valores, los modernos estados liberal e intervensionista, herederos de la tradición ilustrada y arraigados en el mundo actual, comparten una serie de rasgos característicos que les confieren su singularidad frente al modelo que plantearon los teóricos del XVIII: asunción de los principios democráticos (participación ciudadana, sometimiento a una norma básica o constitución, protección de los derechos individuales de las minorías, etc.), intervención de agentes intermedio entre el Estado y la sociedad (partidos políticos, sindicatos, organizaciones profesionales, entre otras), y tendencias a la asociación con otras entidades estatales, lo cual da lugar a la formación de instituciones supranacionales a las que sus miembros ceden parte de su soberanía. A continuación se examinaran más a fondo los rasgos característicos del Estado moderno: principios fundamentales, sistemas de organización política, relaciones con las entidades inferiores, formas de constitución, transformación y extinción, y relaciones con otros Estados.

El Estado Moderno


El término proviene de la voz latina status, que significa “condición”, “poder” u “oficio”, y era utilizada para referirse a las facultades del gobernante (potestad, dignidad, ingresos, etc.). A finales del siglo XIV comenzó a emplearse con carácter general para hacer referencia al conjunto del cuerpo político, lo cual avala la tesis de quienes sostienen que le Estado es una realidad política moderna con características específicas, surgida en Europa como consecuencia del Renacimiento y la Reforma, y elaborada teóricamente por los teóricos de la época. El Estado así entendido se desarrolló en paralelo al concepto de soberanía, al cual está íntimamente ligado, y que implica la necesidad de que el Estado sea un cuerpo autónomo, por encima del cual no debe existir ningún poder que decida en situaciones de necesidad: el gobernante crea su propio Derecho, sin que nadie pueda imponerle ninguna norma. De manera complementaria a la noción de soberanía surgió la otra idea que caracteriza el Estado moderno: la forma de gobierno en una comunidad política debe ser decidida por sus miembros, es decir, por el pueblo o la nación en su conjunto. La soberanía es así depositada en el colectivo social, del cual derivan todos los poderes. Las instituciones políticas, por tanto, tienen carácter representativo, pues reciben potestad para cumplir la función de velar por los derechos de los individuos que forman el cuerpo político. Todo ello convierte al Estado en un entramado institucional que concretiza la voluntad de los miembros de la nación.

Desde el punto de vista estrictamente jurídico, dos son las notas características del Estado democrático y constitucional, a saber, la sujeción de los poderes públicos al ordenamiento jurídico (Estado de Derecho) y la condición del propio Estado de creador de ese al que subordina su actuación. Esta última nota, no obstante, debe ser objeto de algunas matizaciones: la creciente importancia del Derecho Internacional, que, a pesar de carecer d la imperatividad que revisten las normas nacionales, debido a la ausencia de una sanción efectiva, está invadiendo campos hasta ahora reservados a la esfera interna, y el auge de las organizaciones supranacionales, en las que se integran Estados soberanos que se comprometen a aceptar el Derecho emanado de ellas.

Formas de Organización Estatal


La variedad de formas políticas existentes explica la heterogeneidad de los modelos estatales en nuestros días. La distinción tradicional entre monarquía y república, centrada en la condición de la persona o grupo que ejerce la representación del Estado, ha perdido hoy gran parte de su importancia, debido a que los monarcas, salvo contadas excepciones, carecen en la actualidad de funciones sustantivas y están limitadas a un papel meramente simbólico. Las diferencias 
fundamentales entre ambos sistemas radican en el carácter vitalicio y hereditario de las funciones del monarca, a diferencia de las propias del presidente de la república ( o del órgano colectivo que ejerce la presidencia), que están limitadas en el tiempo y le son otorgadas mediante elección pública ( el monarca suele acceder al cargo por sucesión, aunque a veces también lo hace por elección o plebiscito).

De mayor trascendencia es la diferencia según el grado de participación de los ciudadanos en la toma de decisiones políticas, la elección de los gobernantes o la remoción de los mismos. Puede hablarse así de democracia directa, democracia representativa o aristocracia representativa.

Concepto de Estado


El Estado es la nación organizada políticamente. La sociedad que llamamos Estados se distinguen de los demás agregados humanos como una unidad de seres que viven y actúan en común para la satisfacción de necesidades que son de naturaleza política, económica, religión, jurídica, etc. El Estado es la persona moral de la Nación.

En el Estado el gobierno lo forman el conjunto de autoridades que tienen funciones directas representativas propiamente consideradas, encaminadas especialmente a la creación de aquellas condiciones dentro de las cuales pueden desenvolverse los habitantes y obtener la máxima satisfacción en sus aspiraciones.
Los elementos que son esenciales para la existencia del Estado son:

Población: es un grupo considerable de seres humanos.

Territorio: es un área definida sobre la superficie de la tierra en la cual reside permanente la población.

Gobierno: es una organización política a través de la cual la voluntad o la ley del Estado es expresada y administrada.

Soberanía: es la supremacía del Estado sobre todos los individuos y asociaciones dentro del él, y la independencia jurídica del Estado de todo dominio político externo.
La nación panameña está organizada en Estado soberano e independiente, cuya denominación es Republica de Panamá. Su gobierno es unitario, republicano, democrático y representativo.

El Estado Panameño


Panamá es un Estado de Derecho porque la sociedad política que se denomina Republica de Panamá es una organización que descansa sobre principios y normas fundamentales que están por encima de toda voluntad arbitraria y personal.

Es un Estado Democrático: el Estado panameño es democrático el Gobierno en principio pertenece a todos los ciudadanos, porque tiene instituciones que aseguran el ejercicio de la soberanía popular por medio de los derechos políticos y el disfrute de la libertad por medio de los derechos humanos. El sistema de gobierno panameño es democrático porque se basa en la libertad y la igualdad de oportunidades para todos y porque las mayorías pueden imponer su voluntad por medio del sufragio.
El gobierno panameño es representativo porque el pueblo no gobierna directamente, como lo hacían los griegos en la ágora ateniense, sino por medio de su representantes.
Panamá es un Estado Soberano e Independiente:

Panamá es una persona jurídica y sujeta de Derecho Internacional. Como Estado soberano tiene autoridad legal completa sobre todos los individuos y asociaciones que integran su población y puede ejercer libremente su derecho a contratar y obligarse en sus relaciones con los demás Estados sin ser sometida a ninguna potestad exterior. El Estado independiente puede determinar por si mismo, libremente sin la ingerencia de poder extraño, su acción interna y externa. El Estado soberano es independiente.

Panamá es un Estado independiente porque tiene la capacidad requerida para alterar en pie de igualdad con los demás Estados de la comunidad internacional y para ejercer sin lugar a dudas los derechos inherentes a su calidad de Estado soberano que le permiten ejercer su autoridad sobre todas las personas y entidades que se encuentre en su territorio, así como determinar su política sin sujeción a otro poder o voluntad superior, tanto en lo inferior como en sus relaciones internacionales.

Conclusión

Los elemento que forman el Estado son básicos y fundamentales: población, territorio, gobierno, soberanía siendo esta la supremacía del Estado sobre los individuos y asociados dentro de él la independencia jurídica de todo dominio político externo. La ausencia de estos elementos destruye la complementación definitiva del Estado.
Finalmente se da en la unidad geográfica dividida y coordinada de un modo complejo y detallado para fines comunes de un pueblo donde surgen medidas y normas a seguir para un bien común siendo el Estado quien tiene el fin de organizar el derecho con miras a la promoción y mantenimiento de la justicia social en conservación de su integridad y las de sus miembros propios.

Recomendaciones

Siendo tan complejo y significativo el trabajo sobre Estado y a su vez el estudio realizado, decimos que es razonable la integración como su importancia e incorporación a nuestras bases como estudiantes de la Lic. De Derecho y Ciencias Políticas ya que nos orienta con un fin común y compresión debida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario